A menudo las compañías aseguradoras imponen algunas condiciones a sus asegurados que pueden lesionar sus intereses, por lo que queremos recordar al automovilista cuáles son sus derechos ante las compañías aseguradoras de acuerdo a la normativa vigente.
Según el artículo 18 de la ley 50/80 de Contratos de Seguro, el asegurado tiene derecho a libre elección del taller donde va a reparar su vehículo, siendo ilegal cualquier restricción y/o limitación de ese derecho.
El asegurado tiene derecho a una correcta valoración del siniestro y que la compañía le facilite toda la información de la valoración.
Si el asegurado ha sufrido un siniestro, por causas de un tercero, tendrá derecho a la reparación de su vehículo y, en su caso, a su sustitución. La indeminización no se reduce al valor venal.
Si el asegurado hubiera sufrido un siniestro, por causas de un tercero, tendrá derecho al uso de repuesto original en la reparación del vehículo.
El Asegurado tendrá derecho a ser indemnizado por daños propios antes de los 40 días de haberse declarado el siniestro.
El asegurado tiene derecho a una copia de la póliza con todas las cláusulas limitadoras de derechos en letra destacada,
El asegurado tiene derecho a conocer cualquier acuerdo al que haya llegado su aseguradora con terceros, que pueda afectar a sus derechos derivados de la póliza, sobre todo en lo que se refiere a la indemnización.
Si el asegurado tiene contratada la defensa jurídica, en caso de colisión con otro vehículo asegurado por su propia aseguradora, tiene derecho a elegir un abogado y procurador distinto al de la compañía para su defensa y estos gastos van a cargo de la aseguradora.
El asegurado tiene derecho a conocer el domicilio de su aseguradora y su dirección postal para ejercer sus derechos de información y/o reclamación.
El asegurado tiene derecho a conocer el domicilio de su aseguradora y su dirección postal para ejercer sus derechos de información y/o reclamación.
Recuerda: la aseguradora puede sugerirte entre su listado de talleres concertados pero nunca obligarte a escoger uno u otro. La ley de Contratos de Seguro ampara al asegurado y da libertad en la elección del taller en el que reparar su vehículo.
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